El vídeo dura poco: una pantalla de pedidos, un camarero haciendo cuentas en voz alta. Un café que le cuesta al hotel 20 céntimos y se cobra a los clientes a 5 euros, mientras quien lo sirve cobra alrededor de 1.400 euros al mes. Fiesta Hotels & Resorts le despidió por eso. Casi cinco años en la empresa, expediente limpio, fuera en cuestión de semanas.
¿Qué ha dictaminado exactamente el tribunal?
El TSJIB no ha entrado a valorar si la empresa perdió un solo euro por el vídeo. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores no lo exige: basta con que se rompa la buena fe contractual. La sala calificó el vídeo de «un ataque directo a la reputación y crédito profesional» de la compañía y lo consideró «objetivamente apta para quebrar la buena fe contractual», sin necesidad de recibos ni balances que lo demuestren.
«objetivamente apta para quebrar la buena fe contractual»
A la empresa le bastó con argumentar que el vídeo la dejaba en mal lugar delante de sus clientes, y que enseñar la pantalla del TPV interno equivalía a filtrar sistemas internos, no solo a quejarse del trabajo.
¿A quién pertenece este hotel?
Fiesta Hotels & Resorts forma parte del entramado empresarial de la familia Matutes, la dinastía ibicenca cuyos negocios van de la hostelería al ladrillo, con décadas de presencia en la política balear y nacional: la familia ha dado un ministro del Gobierno de España y varios alcaldes de Ibiza. Es el tipo de grupo que marca el tono de cómo el sector hotelero trata a su plantilla, y acaba de ganar en los tribunales el derecho a despedir a quien cuenta en público lo que realmente pagan los turistas.
¿Qué significa esto para el resto del personal que trabaja de cara al turista en Ibiza?
Ibiza funciona con la misma aritmética que grabó el camarero: entradas de discoteca a precio de oro, botellas a precio de reserva VIP y cuentas carísimas en la barra, sostenidas por una plantilla que cobra sueldos de hostelería estándar en una de las economías de verano más caras de Europa. La sentencia no solo acaba con el puesto de un camarero. Manda un mensaje a cualquier persona que sirva copas o abra puertas en la isla: señalar la distancia entre lo que cuesta una consumición y lo que se paga por ella puede costarte el empleo, haya o no perjuicio económico demostrado. Al trabajador aún le queda la vía del recurso de casación ante el Supremo, pero de momento la palabra del TSJIB es la que cuenta: el daño reputacional basta.



